Fracción VII

De conformidad con las atribuciones y facultades establecidas en los artículos 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la Ley General de Partidos Políticos y en sus propios Estatutos internos, el Partido del Trabajo no emite laudos y/o resoluciones derivadas de procesos judiciales, administrativos o arbitrales; en ese sentido, la información que se publica es la que corresponde a las Resoluciones emitidas por la autoridad electoral jurisdiccional de las que el Partido del Trabajo es parte.

Información actualizada al 04 de mayo 2026